** Trabajadores rurales con nuevo acuerdo: ajustes salariales, partida para útiles escolares y licencia por cuidados **

** El flamante convenio colectivo del sector rural, con una extensión prevista hasta mediados de 2027, introduce incrementos salariales escalonados por categoría, cláusulas de ajuste por inflación y una serie de beneficios sociales novedosos.

13 de enero de 2026 – 5:00 hs

Representantes de empleadores y empleados rurales concluyeron exitosamente las conversaciones hace pocos días, alcanzando un nuevo acuerdo que regirá las condiciones laborales en los ámbitos de la ganadería, agricultura, tambos y cultivo de arroz. Este convenio tendrá una duración de dos años, permaneciendo en efecto hasta el 30 de junio de 2027.

La estructura del acuerdo contempla ajustes salariales bianuales, que variarán según la categoría laboral, junto con mecanismos de corrección anuales basados en la inflación, adhiriéndose a las directrices oficiales. Adicionalmente, se incorporan prestaciones de carácter no salarial, tales como una asignación destinada a la compra de útiles escolares y jornadas de licencia remunerada para el cuidado familiar.

El primer incremento salarial aplicado se hizo efectivo con retroactividad a julio [del año anterior, 2025] en todas las áreas de actividad. El segundo ajuste entró en vigor a partir del 1º de enero [del año actual, 2026]. Estos ajustes representaron aumentos del 3,6% y 3,3%, con variaciones según la categoría específica del empleado. Están programadas nuevas actualizaciones para julio de 2026 y enero de 2027.

A modo ilustrativo, la paga mensual de un peón de tambo especializado o de la misma categoría en plantaciones arroceras asciende ahora a $36.975. Para roles equivalentes en otras ramas del sector, el salario de referencia se estableció en $37.383. La información detallada sobre el resto de las escalas salariales está disponible en el sitio web oficial del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

El acuerdo también contempla la aplicación de dos mecanismos correctivos por inflación. El primero se activará, de ser necesario, en julio de 2026, supeditado a la trayectoria de la inflación subyacente. El segundo se implementará en julio de 2027, tras la finalización del convenio, basándose en el Índice de Precios al Consumo (IPC) general. Es importante señalar que ambos correctivos solo se aplicarán al alza y únicamente a los salarios que no excedan los $165.228.

Los montos asignados como ficto por alimentación y vivienda experimentarán ajustes en las mismas fechas y proporciones que los salarios mínimos establecidos para el sector.

### Asignación para Útiles Escolares

En los meses de febrero de 2026 y 2027, se entregará una asignación extraordinaria de carácter no salarial al personal que figure en las nóminas de las empresas rurales al 31 de diciembre de 2025 y cuyo salario nominal no exceda los $40.000 (para trabajadores mensuales de jornada completa, con prorrateo para jornaleros con un mínimo de 13 jornadas de 8 horas al mes). El propósito exclusivo de esta partida es la adquisición de material escolar. El beneficio consistirá en $2.000 por hijo, con un tope de $6.000 por trabajador. Para calificar, los empleados deberán cumplir con ciertos requisitos: comprobar la filiación de los hijos en edad escolar (que cursen entre 1º y 6º de escuela) y, en el mes de marzo posterior, verificar la compra efectiva del set escolar. El incumplimiento de esta última condición anulará el derecho a recibir la asignación en el año subsiguiente.

### Licencia por Cuidados Familiares

Los empleados gozarán de un derecho a dos días anuales de licencia remunerada, los cuales podrán tomarse de forma consecutiva o fraccionada. Esta licencia tiene como finalidad el cuidado de hijos, menores bajo tutela, cónyuges, concubinos, o padres/madres. Se podrá utilizar para el acompañamiento a citas o tratamientos médicos, sesiones de terapia, periodos de convalecencia en el hogar o la realización de trámites administrativos relacionados con estas personas. El ejercicio de este derecho no acarreará ninguna pérdida salarial, de presentismo ni de otras compensaciones asociadas.

### Historial de Negociaciones

En rondas de diálogo previas, como la de 2023, las partes (empleadores y trabajadores) no habían logrado consensuar acuerdos, lo que llevó a que los ajustes y salarios mínimos por categoría se definieran mediante votación. Esta situación contrastó con la novena ronda de 2021, donde sí se había alcanzado un entendimiento. Durante 2020, en el contexto de la pandemia, no hubo negociaciones y se implementó directamente la propuesta gubernamental, enfocada en preservar el empleo. Asimismo, en las dos rondas previas a la pandemia, las asociaciones rurales optaron por retirarse, dejando en manos del Poder Ejecutivo la fijación de los salarios mínimos y sus respectivas actualizaciones. En el presente caso, se celebra la consecución de un acuerdo tripartito, involucrando al Poder Ejecutivo, las cámaras empresariales y las representaciones sindicales del sector.

Fuente: Enlace Original

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